Abogada Colaboradora, Maria del Carmen Quintero

La Ley de Memoria Democrática ha abierto una vía excepcional para que muchos descendientes de españoles puedan obtener la nacionalidad española.


Se trata de una oportunidad histórica que estará disponible solo hasta octubre de 2025, por lo que conviene conocer los requisitos, supuestos aplicables y pasos necesarios para presentar la solicitud a tiempo.

¿Qué es la Ley de Memoria Democrática?

La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, reconoce el derecho a obtener la nacionalidad española a los descendientes de quienes perdieron o renunciaron a la nacionalidad como consecuencia del exilio por razones políticas, ideológicas o de persecución.


Esta norma amplía los supuestos previstos en la conocida “Ley de Memoria Histórica” de 2007 y representa una segunda oportunidad para muchas familias.

¿Quién puede solicitar la nacionalidad española por esta vía?

La Ley reconoce el derecho a solicitar la nacionalidad española a varios perfiles de descendientes de españoles. En particular, se incluyen:

  1. Hijos o nietos de españoles que se exiliaron por razones políticas, ideológicas o de persecución durante la Guerra Civil o la dictadura. El exilio debe estar debidamente acreditado, por ejemplo, con documentos de entrada a países como Argentina, México, Venezuela, Francia, etc., entre 1936 y 1978.
  2. Hijos de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978.
    Esta previsión corrige una discriminación histórica por razón de género.
  3. Hijos mayores de edad de quienes ya obtuvieron la nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica de 2007. Es decir, los nietos que quedaron fuera de la anterior reforma por haber cumplido ya los 18 años en su momento.

En todos los casos, no es necesario residir en España para solicitar la nacionalidad, lo que facilita el trámite para quienes viven en el extranjero.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo para presentar la solicitud de nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática finaliza el 22 de octubre de 2025.
Este plazo puede ser prorrogable por un año más, pero no está garantizado, por lo que es altamente recomendable iniciar el proceso cuanto antes.

¿Cómo se solicita la nacionalidad?

El procedimiento se inicia ante el Registro Civil Consular correspondiente al lugar de residencia del solicitante. Los pasos generales son:

  1. Reunir la documentación necesaria, que suele incluir:
    • Certificados de nacimiento del solicitante y de sus progenitores.
    • Pruebas documentales del exilio (pasaportes antiguos, entradas en el país de acogida, inscripción en registros de refugiados, etc.).
    • Documentación que acredite la nacionalidad española del familiar (certificado literal de nacimiento, partida de bautismo, etc.).
  2. Presentar la solicitud en el consulado español correspondiente al domicilio del interesado.
  3. Esperar resolución del Ministerio de Justicia, una vez valorada toda la documentación.

En algunos casos, puede ser necesaria una entrevista o aportar documentación adicional.

Claves para una solicitud exitosa:

  • Asegúrate de encajar en uno de los supuestos reconocidos por la Ley. Un abogado especializado puede ayudarte a confirmarlo.
  • Verifica que la documentación esté completa y en regla, incluyendo legalizaciones o traducciones oficiales si procede.
  • Presenta la solicitud cuanto antes. El alto volumen de solicitudes puede generar demoras, y el plazo final se acerca.

Obtener la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática puede abrir puertas para ti y tu familia: acceso a la ciudadanía europea, derecho a residir, trabajar y estudiar en España, posibilidad de transmitir la nacionalidad a tus hijos, entre otros beneficios.


Pero también es un proceso legal que requiere rigor y conocimiento.

En nuestro despacho, te ayudamos a analizar tu caso, reunir la documentación adecuada y acompañarte en todo el proceso ante el consulado o el Registro Civil.

Si eres descendiente de españoles y crees que puedes beneficiarte de esta Ley, no dejes pasar la oportunidad. El plazo termina en octubre de 2025.

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Esta nota al final del artículo:  Este artículo es informativo y no constituye un asesoramiento personalizado para usted.  Si usted desea resolver una consulta personalizada relacionada con esta temática u otra, puede contactarnos a través de este formulario o enviado un email a info@leonolarte.com

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